ÓRGANOS DE GOBIERNO
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2. ÓRGANOS DE GOBIERNO.
2.1. Patronato.
El órgano de gobierno y representación de la Fundación es el patronato, que está integrado por:
Pedro Pablo Estévez Domínguez (Presidente) – presidencia@cnlaspalmas.es
Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria, representada por Carla Campoamor Abad (Vicepresidencia)
Sergio Barrera Falcón (Secretario)
Patricia Aguilar Molina (Vicesecretaria) – secretaria@cnlaspalmas.es
Orlando Rivero Alemán (Patrono)
David Gómez Prieto (Patrono))
Las personas que integran el patronato no perciben retribución por el ejercicio de su cargo.
2.2. Competencias y funciones.
2.2.1. Patronato:
Las funciones y competencias del patronato se extienden a todo lo que concierne al gobierno y administración de la Fundación, sin excepción alguna; a la interpretación de los Estatutos y a la resolución de todas las incidencias legales y circunstanciales que ocurriesen.
El artículo 17 de los Estatutos contiene una relación enunciativa de las facultades y atribuciones del patronato.
2.2.2. Presidente:
El Presidente ostenta ostentar la representación de la Fundación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas, convocar las reuniones del Patronato, presidirlas, dirigir sus debates y, en su caso, ejecutar los acuerdos, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin.
2.2.3. Vicepresidente:
El Vicepresidente sustituye al presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad o cualquier otra causa justificada.
2.2.4. Secretaría:
La secretaría custodia de toda la documentación perteneciente a la fundación; asistirá a todas las reuniones del patronato y levantará las actas correspondientes a las mismas, en la que se especificará el lugar y fecha de la celebración, la relación de patronos asistentes el orden del día, los asuntos tratados, deliberaciones y los acuerdos adoptados, con mención del número de votos a favor o en contra de cada uno de ellos. Así como expedir las certificaciones que sean necesarios, con el visto bueno de la presidencia.
2.2.5 Vicesecretaría:
La vicesecretaría sustituye a la secretaría en sus funciones en los casos de vacante, ausencia o enfermedad o cualquier otra causa justificada.
